Tegucigalpa, Honduras.- El Banco Central de Honduras (BCH) en conjunto con la Secretaría de Finanzas y la Procuraduría General de la República (PGR) advirtieron en un comunicado severas multas que oscilan hasta diez veces el monto de la transacción por operaciones de negociación de divisas no autorizadas.
Aquí el comunicado:
Que, en atención a los artículos 321 y 342 de la Constitución de la República, 29 de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), 11 de la Ley de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones y 2 del Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, solamente el BCH y las instituciones que su directorio autorice para actuar como agentes cambiarios, podrán negociar divisas en el territorio nacional.
Actualmente, el sistema financiero del país cuenta con quince (15) bancos y una (1) Casa de Cambio debidamente autorizados por el BCH como agentes cambiarios, quienes pueden realizar todas las operaciones de negociación de divisas.
Aunado a lo anterior, toda persona natural o jurídica que no sea agente cambiario podrá mantener activos en divisas; sin embargo, al momento de negociar estas divisas, únicamente podrá hacerlo con el BCH o los agentes cambiarios debidamente autorizados.
El incumplimiento a lo antes dispuesto será sancionado con una multa administrativa de hasta diez (10) veces el monto de la transacción, la cual será ejecutada por la Procuraduría General de la República; incurriendo, además, en el delito de desobediencia a la autoridad, de conformidad a lo señalado en los artículos 11 de la Ley de Ingreso de Divisas Provenientes de las Exportaciones y 14 de su Reglamento, que será denunciado de forma inmediata ante el Ministerio Público.
En atención a lo anterior, hacemos un enérgico llamado a las personas naturales y jurídicas, para que se abstengan de realizar operaciones de negociación de divisas si no cuentan con la autorización para actuar como agentes cambiarios por parte del BCH.